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Rechazan una demanda que cuestionaba el decreto de Milei que cambió el mecanismo de designación de jueces

Un juez rechazó una demanda planteada por un abogado contra el decreto de Javier Milei que cambió ...

Un juez rechazó una demanda planteada por un abogado contra el decreto de Javier Milei que cambió el mecanismo de designación de jueces, al reducir las instancias de impugnación en el proceso.

El fallo es del juez en lo contencioso administrativo federal Santiago Carrillo, que entendió que el abogado Andrés Gil Domínguez no tenía un perjuicio concreto y directo por las modificaciones y, por lo tanto, no había un caso sobre el que resolver.

Gil Domínguez planteó una demanda para declarar inconstitucional el artículo 11 del decreto 467/26, que derogó disposiciones de los decretos 222/03 y 588/03 vinculadas con la participación ciudadana y criterios para la selección de candidatos a la Corte Suprema y otros cargos judiciales.

Gil Domínguez sostenía que la reforma afectaba su derecho a participar, deliberar y formular observaciones sobre los postulantes.

Sin embargo, el juez Santiago Carrillo concluyó que su sola condición de ciudadano no le daba legitimación para demandar porque no demostró un perjuicio concreto, directo y diferenciado respecto del resto de la sociedad.

Por eso, entendió que no existía un “caso o controversia” judicial, sino un planteo abstracto orientado al control de legalidad de la norma, y rechazó in limine la acción por falta de aptitud procesal, sin imposición especial de costas.

El Decreto 467/2026, publicado el 16 de junio de 2026, modificó los Decretos 222/03 y 588/03. Deroga instancias previas de participación ciudadana, como observaciones e impugnaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo.

También elimina los criterios de diversidad de género y de diversidad regional para los candidatos a la Corte Suprema.

La norma deroga los artículos que abrían una ventana de 15 días hábiles para que la ciudadanía, universidades y ONGs presentaran objeciones o apoyos a los candidatos antes de enviar los pliegos al Senado.

El Gobierno argumentó que esta etapa previa duplicaba el proceso que luego se realiza en el propio Senado de la Nación.

Asimismo, se eliminó la exigencia de evaluar si la postulación contribuía a reflejar la diversidad de género, especialidad y procedencia regional (perspectiva federal) en la integración de la Corte Suprema.

Se dejó de exigir la publicación de los antecedentes de los postulantes en diarios de circulación nacional. La difusión pasa a realizarse de forma digital a través del sitio web oficial del Ministerio de Justicia.

Se unifican y acortan a cinco días los plazos para la presentación de declaraciones juradas y los informes de organismos fiscales.

Estas modificaciones obedecieron a que el Gobierno pudiera acelerar el proceso de designación y la cobertura de vacantes, que llegaban a más de 40% si se consideran jueces, fiscales y defensores oficiales de la justicia nacional y federal.

En los últimos cuatro meses envió 203 pliegos al Senado, un récord para diseñar un Poder Judicial según sus deseos.

En particular, esto permitió apurar las designaciones en la Cámara Federal porteña, donde tramitan los principales casos de corrupción que preocupan a la administración Milei.

El Gobierno impulsa a los candidatos Pablo Yadarola y Pablo Bertuzzi, que revalidan su acuerdo, para el tribunal. Ambos tienen mañana cita en el Senado para pasar la entrevista personal, antes de que se vote su acuerdo.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/rechazan-una-demanda-que-cuestionaba-el-decreto-de-milei-que-cambio-el-mecanismo-de-designacion-de-nid12082026/

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